Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Pcem Servicio Respiro Familiar a Personas Cuidadoras Habituales No Profesionales 2026 del Ayuntamiento de Don Benito para 2026

AYUNTAMIENTO DE DON BENITO · DON BENITO · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa municipal de respiro familiar del Ayuntamiento de Don Benito destinado a reconocer y apoyar económicamente a personas que ejercen como cuidadoras habituales de familiares dependientes sin ser profesionales del cuidado. Se trata de una convocatoria de concurrencia competitiva con una dotación presupuestaria de 56.826,30 euros para el ejercicio 2026. El programa se rige por la base reguladora del Ayuntamiento de Don Benito y busca facilitar alternativas de descanso para quienes compatibilizan el cuidado familiar con su vida personal y laboral.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, es decir, cuidadores habituales e informales de familiares dependientes sin dedicarse profesionalmente al cuidado.

03

Qué cubre

Financia servicios de respiro familiar que permitan a los cuidadores disponer de tiempo de descanso mientras otras personas o servicios se hacen cargo del cuidado de sus familiares dependientes.

04

Cómo se pide

Según el plazo que fijen las bases. Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Don Benito conforme a los procedimientos establecidos en su normativa reguladora.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Otras actividades de servicios sociales…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 56.826 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, es decir, cuidadores habituales e informales de familiares dependientes sin dedicarse profesionalmente al cuidado. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el plazo que fijen las bases. Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Don Benito conforme a los procedimientos establecidos en su normativa reguladora.