Abierta Cierra en 71 días · 30 nov 2026

Convocatoria de Subvenciones a la Rehabilitación de Edificios 2026

AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA/IRUÑA · PAMPLONA/IRUÑA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas del Ayuntamiento de Pamplona/Iruña para costear obras de rehabilitación en edificios de viviendas del municipio. Es una convocatoria de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y priorizan según los criterios de las bases, no por simple orden de entrada. Cuenta con una dotación total de 450.000 euros y se enmarca en el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda mejorando el estado del parque edificado existente en la ciudad.

02

Para quién

Personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir particulares (no autónomos ni empresas) propietarios de edificios de viviendas situados en el municipio de Pamplona/Iruña.

03

Qué cubre

Financia obras de rehabilitación en edificios de uso residencial, dentro del objetivo municipal de facilitar el acceso a la vivienda. El registro no detalla el importe o porcentaje concreto de ayuda por solicitud, solo la dotación global de la convocatoria (450.000 euros).

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza ante el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, siguiendo el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Construcción de edificios

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 71 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 450.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no ejercen actividad económica, es decir particulares (no autónomos ni empresas) propietarios de edificios de viviendas situados en el municipio de Pamplona/Iruña. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza ante el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña, siguiendo el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras.