Abierta Cierra en 56 días · 15 nov 2026

Convocatoria pública de subvenciones al emprendimiento, (línea 1). Año 2026

AYUNTAMIENTO DE TUDELA · TUDELA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Tudela abre una línea de subvenciones directas para fortalecer el emprendimiento local. Financia iniciativas empresariales de PYMEs y autónomos en sectores como servicios profesionales, investigación, tecnología y consultoría. La dotación total de la convocatoria asciende a 80.000 euros en concepto de ayudas no reembolsables. Al tratarse de concesión directa (no competitiva), los criterios de selección y requisitos de elegibilidad se desarrollan íntegramente en las bases administrativas que publica el consistorio tudelano.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (PYMEs) constituidas y personas físicas que desarrollan actividad económica como autónomos o emprendedores en sectores de servicios profesionales, investigación, seguridad y actividades afines, con sede u operaciones en el municipio de Tudela.

03

Qué cubre

Iniciativas de emprendimiento y consolidación empresarial en sectores de industria, tecnología, servicios profesionales y actividades relacionadas. Los gastos e inversiones cubiertos se especifican en detalle en las bases de la convocatoria.

04

Cómo se pide

La solicitud se tramitará conforme al procedimiento y plazos establecidos en las bases oficiales del Ayuntamiento de Tudela. Plazo de presentación: según lo indicado en las bases (fecha límite 15 de noviembre de 2026). Acceso a bases y formulario en el consistorio local.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Otras actividades profesionales, cientí…Servicios de investigación y seguridad

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 nov 2026, es decir, quedan 56 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 80.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (PYMEs) constituidas y personas físicas que desarrollan actividad económica como autónomos o emprendedores en sectores de servicios profesionales, investigación, seguridad y actividades afines, con sede u operaciones en el municipio de Tudela. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se tramitará conforme al procedimiento y plazos establecidos en las bases oficiales del Ayuntamiento de Tudela. Plazo de presentación: según lo indicado en las bases (fecha límite 15 de noviembre de 2026). Acceso a bases y formulario en el consistorio local.