Cerrada Hasta 15 sept 2026

Ayudas Económicas complementarias de emergencia social para Familias con Menores a cargo para el año 2026

AYUNTAMIENTO DE SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA · SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Este es un programa de ayudas directas del Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna para familias con hijos a cargo que atraviesan dificultades económicas. Se trata de un complemento de emergencia social, de concesión directa (no concurrencia competitiva), dotado con 100.000 euros para el año 2026. Busca reforzar el apoyo a unidades familiares vulnerables en sectores como servicios sociales y educación, facilitando acceso a servicios esenciales. El programa está abierto a PYMEs y personas físicas autónomas o con actividad económica que reúnan los requisitos de elegibilidad.

02

Para quién

PYMEs y personas físicas que desarrollan actividad económica, especialmente familias con menores a cargo que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en San Cristóbal de la Laguna.

03

Qué cubre

Complementos económicos de emergencia social para cubrir necesidades básicas de familias con menores, con especial atención a servicios relacionados con educación, atención sanitaria y promoción social.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud abarca del 25 de marzo al 15 de septiembre de 2026. Las bases reguladoras especificarán documentación requerida y trámites. Contacta directamente con el Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna para acceder al expediente y presentar solicitud.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 15 sept 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 100.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYMEs y personas físicas que desarrollan actividad económica, especialmente familias con menores a cargo que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica en San Cristóbal de la Laguna. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Las bases reguladoras especificarán documentación requerida y trámites. Contacta directamente con el Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna para acceder al expediente y presentar solicitud.