Abierta Cierra en 31 días · 30 sept 2026

Programa de subvenciones Innobideak-Kudeabide para el año 2026

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA · DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

El programa Innobideak-Kudeabide es una línea de ayudas de la Diputación Foral de Bizkaia orientada a impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación en la actividad de empresas y autónomos del territorio histórico. La convocatoria de 2026 cuenta con una dotación de 350.000 euros y se tramita como concesión directa, al margen de la concurrencia competitiva entre solicitudes. Su objetivo es reforzar la capacidad innovadora y la gestión estratégica de pymes vizcaínas.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Bizkaia, especialmente en sectores como servicios administrativos y auxiliares a empresas, agencias de viaje y operadores turísticos, y actividades de alquiler.

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Qué cubre

Apoya proyectos de investigación, desarrollo e innovación empresarial. El registro no detalla los conceptos de gasto subvencionables ni los porcentajes de ayuda, por lo que conviene revisar las bases reguladoras de la Diputación Foral de Bizkaia antes de preparar el proyecto.

04

Cómo se pide

El plazo indicado en el registro va del 1 de abril al 30 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, la solicitud se presenta según el procedimiento que fijen las bases reguladoras de la Diputación Foral de Bizkaia.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades administrativas de oficina …Actividades de agencias de viajes, oper…Actividades de alquilerActividades de bibliotecas, archivos, m…Actividades de construcción especializa…Actividades de creación artística y art…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…Actividades de servicios sociales sin a…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 31 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 350.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en Bizkaia, especialmente en sectores como servicios administrativos y auxiliares a empresas, agencias de viaje y operadores turísticos, y actividades de alquiler. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo indicado en el registro va del 1 de abril al 30 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, la solicitud se presenta según el procedimiento que fijen las bases reguladoras de la Diputación Foral de Bizkaia.