Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Convocatòria de subvencions per a edicions dels centres i instituts d`estudis locals i comarcals, any 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GIRONA · DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvención de la Diputación Provincial de Girona para financiar ediciones de centros e institutos de estudios locales y comarcales. La convocatoria funciona en régimen de concurrencia competitiva, con una dotación total de 55.000 euros distribuida entre los proyectos seleccionados. El objetivo es impulsar la divulgación de investigaciones y obras de carácter cultural, histórico y territorial que profundicen en el conocimiento de la comarca y la provincia.

02

Para quién

Personas jurídicas sin actividad económica (asociaciones, fundaciones, centros de estudios); personas físicas que no desarrollan actividad económica; y grandes empresas que colaboren con estos centros o institutos.

03

Qué cubre

Edición y publicación de estudios, investigaciones y obras de carácter cultural, histórico y territorial realizadas por centros e institutos de estudios locales y comarcales de la provincia.

04

Cómo se pide

Plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. La solicitud se tramita conforme a las bases reguladoras de la Diputación Provincial de Girona. Consulta las bases en la web de la diputación o contacta con el área responsable para clarificar requisitos y procedimiento.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Edición

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 55.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas sin actividad económica (asociaciones, fundaciones, centros de estudios); personas físicas que no desarrollan actividad económica; y grandes empresas que colaboren con estos centros o institutos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. La solicitud se tramita conforme a las bases reguladoras de la Diputación Provincial de Girona. Consulta las bases en la web de la diputación o contacta con el área responsable para clarificar requisitos y procedimiento.