Abierta Cierra en 73 días · 02 dic 2026

Resolución del Vicerrector de Política Científica de la Universidad de La Rioja por la que se convocan ayudas de bolsas de viaje para la presentación de comunicaciones y ponencias en congresos científicos

UNIVERSIDAD DE LA RIOJA · OTROS
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

La Universidad de La Rioja convoca una línea de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, dotada con 50.000€, destinada a financiar gastos de viaje vinculados a la participación y presentación de trabajos de investigación en congresos, seminarios o eventos científicos. Las ayudas se enmarcan en la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación, y se rigen por las bases reguladoras establecidas en la Resolución 626/2021 del Rector de la Universidad.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, vinculadas al ámbito de la investigación y la educación en el contexto de actividades académicas y científicas.

03

Qué cubre

Gastos directos de viaje (desplazamiento, alojamiento y costes asociados) necesarios para la presentación de comunicaciones científicas, trabajos de investigación o participación como ponentes en congresos, jornadas o eventos académicos.

04

Cómo se pide

Solicitud conforme a las bases reguladoras de la Resolución 626/2021 del Rector de la Universidad de La Rioja. Plazo límite: 2 de diciembre de 2026, salvo prórroga oficial de la convocatoria.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 02 dic 2026, es decir, quedan 73 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 50.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, vinculadas al ámbito de la investigación y la educación en el contexto de actividades académicas y científicas. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud conforme a las bases reguladoras de la Resolución 626/2021 del Rector de la Universidad de La Rioja. Plazo límite: 2 de diciembre de 2026, salvo prórroga oficial de la convocatoria.