Abierta Cierra en 133 días · 31 ene 2027

Convocatoria de ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas para a la contratación de las actividades incluidas en el Ecatàleg

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TARRAGONA · DIPUTACIÓN PROV. DE TARRAGONA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

La Diputación de Tarragona convoca esta línea para que los ayuntamientos y las entidades municipales descentralizadas de la provincia puedan contratar actividades culturales incluidas en su catálogo propio de programación, conocido como el Ecatàleg. Se tramita en concurrencia competitiva, según las bases generales de subvenciones de la Diputación y sus organismos autónomos, con una dotación total de 2.500.000 euros para todo el periodo de vigencia. No cuenta con financiación Next Generation EU.

02

Para quién

Ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas de la provincia de Tarragona (personas jurídicas sin actividad económica, según el registro de la convocatoria).

03

Qué cubre

La contratación de actividades culturales incluidas en el catálogo propio de la Diputación (el Ecatàleg), dentro de los ámbitos de bibliotecas, archivos y museos, y de creación artística y artes escénicas.

04

Cómo se pide

La convocatoria está abierta entre el 19 de febrero de 2026 y el 31 de enero de 2027. Presenta la solicitud el propio ayuntamiento o ente municipal, según el procedimiento de las bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades de bibliotecas, archivos, m…Actividades de creación artística y art…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 ene 2027, es decir, quedan 133 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas de la provincia de Tarragona (personas jurídicas sin actividad económica, según el registro de la convocatoria). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria está abierta entre el 19 de febrero de 2026 y el 31 de enero de 2027. Presenta la solicitud el propio ayuntamiento o ente municipal, según el procedimiento de las bases generales de subvenciones de la Diputación de Tarragona.