Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Prestaciones económicas de ayudas de emergencia social del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de La Orotava 2026

AYUNTAMIENTO DE OROTAVA, LA · OROTAVA, LA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda económica municipal del Ayuntamiento de la Villa de La Orotava (Tenerife) para atender situaciones de emergencia social de vecinos y familias del municipio. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, conforme a la ordenanza reguladora publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, y cuenta con una dotación municipal de 600.000 euros para el periodo 2025-2026.

02

Para quién

Personas físicas empadronadas en La Orotava que no desarrollan actividad económica y atraviesan una situación de necesidad o emergencia social, en los ámbitos de servicios sociales y educación.

03

Qué cubre

Prestaciones económicas puntuales para atender necesidades básicas o situaciones de emergencia social recogidas en la ordenanza municipal; el registro no detalla el importe de cada prestación individual.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante los Servicios Sociales del Ayuntamiento de La Orotava, según el procedimiento y el plazo que fije la ordenanza reguladora, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 600.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas empadronadas en La Orotava que no desarrollan actividad económica y atraviesan una situación de necesidad o emergencia social, en los ámbitos de servicios sociales y educación. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante los Servicios Sociales del Ayuntamiento de La Orotava, según el procedimiento y el plazo que fije la ordenanza reguladora, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.