Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Exp:4740/2025 Ajuts D`urgència Social Aus - Convocatoria Aus 2026

AYUNTAMIENTO DE BADIA DEL VALLÈS · BADIA DEL VALLÈS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Badia del Vallès convoca un programa de ayudas económicas de carácter urgente, destinadas a financiar acciones de servicios sociales y promoción social en el municipio. La convocatoria funciona bajo el régimen de concesión directa. Se dispone de un presupuesto de 86.500 euros que se distribuirá entre los expedientes que cumplan los criterios de urgencia social establecidos por el municipio. Todo se rige por la Ordenanza General de Subvenciones del Ajuntament de Badia del Vallès.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica. Personas jurídicas sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica. Organismos públicos y privados del sector de servicios sociales y educación que colaboren en acciones de promoción social del municipio.

03

Qué cubre

Acciones y servicios de atención social de urgencia. Proyectos de promoción social comunitaria. Iniciativas de educación social dirigidas a colectivos vulnerables.

04

Cómo se pide

Solicitud según la Ordenanza General de Subvenciones del Ajuntament. Abierto desde 23 de enero hasta 31 de diciembre de 2026. Contactar con el Ayuntamiento de Badia del Vallès para acceder a las bases y formularios completos.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 86.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica. Personas jurídicas sin ánimo de lucro que no desarrollan actividad económica. Organismos públicos y privados del sector de servicios sociales y educación que colaboren en acciones de promoción social del municipio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud según la Ordenanza General de Subvenciones del Ajuntament. Abierto desde 23 de enero hasta 31 de diciembre de 2026. Contactar con el Ayuntamiento de Badia del Vallès para acceder a las bases y formularios completos.