Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Convocatoria de Prestaciones Economicas de Caracter Social Año 2026

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE VILATORRADA · SANT JOAN DE VILATORRADA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Sant Joan de Vilatorrada convoca prestaciones económicas de carácter social dotadas con 70.000 euros dirigidas a fomentar la promoción social de la población local. Se trata de un programa de concurrencia competitiva regulado según el Reglament de Gestió de les Prestacions Econòmiques de Caràcter Social municipal, que articula criterios de elegibilidad y procedimientos de valoración.

02

Para quién

Personas físicas residentes en Sant Joan de Vilatorrada que no desarrollan actividad económica ni profesional, es decir, aquellas sin ingresos como autónomos o empresarios. El programa también contempla beneficiarios del sector de servicios sociales y educación cuando así se especifique en las bases.

03

Qué cubre

Prestaciones económicas de carácter social para promoción y bienestar social, pudiendo incluir acciones de educación y capacitación. La tipología exacta de prestaciones y la cuantía individual se determinan en las bases de la convocatoria según el perfil de necesidad de cada beneficiario.

04

Cómo se pide

Presentación según el plazo que fijen las bases publicadas por el Ayuntamiento de Sant Joan de Vilatorrada. Consulta el portal municipal o contacta con el área de Servicios Sociales para conocer los requisitos, plazos y procedimiento de solicitud en vigor.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades de servicios sociales sin a…Educación

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 70.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas residentes en Sant Joan de Vilatorrada que no desarrollan actividad económica ni profesional, es decir, aquellas sin ingresos como autónomos o empresarios. El programa también contempla beneficiarios del sector de servicios sociales y educación cuando así se especifique en las base… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación según el plazo que fijen las bases publicadas por el Ayuntamiento de Sant Joan de Vilatorrada. Consulta el portal municipal o contacta con el área de Servicios Sociales para conocer los requisitos, plazos y procedimiento de solicitud en vigor.