Abierta Cierra en 41 días · 31 oct 2026

Subvenciones a la creación de nuevas empresas y de nuevos puestos de trabajo de economía social y/o a la transformación en empresas de economía social

SERVICIO NAVARRO DE EMPLEO - NAFAR LANSARE · COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvención convocada por el Servicio Navarro de Empleo (Nafar Lansare) para impulsar la creación de empresas de economía social y la adaptación de empresas tradicionales a este modelo. Régimen de concesión directa, con dotación total de 180.000 EUR. Bases reguladas por Resolución 2296/2018 de la Directora Gerente del organismo, dirigida a fortalecer el empleo local en la Comunidad Foral.

02

Para quién

PYME y personas físicas con actividad económica que promuevan la creación de empresas de economía social o la transformación de empresas existentes en este sector, en la Comunidad Foral de Navarra.

03

Qué cubre

Cubre gastos de inversión en capital, constitución y funcionamiento de nuevas empresas de economía social; también financia la transformación estructural de empresas tradicionales al modelo de economía social, incluyendo reestructuración organizativa y actualización de procesos.

04

Cómo se pide

Plazo abierto hasta el 31 de octubre de 2026. Consulta las bases completas (Resolución 2296/2018) y presenta la solicitud directamente en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare. Los requisitos específicos y procedimiento constan en las bases.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 41 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 180.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas con actividad económica que promuevan la creación de empresas de economía social o la transformación de empresas existentes en este sector, en la Comunidad Foral de Navarra. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo abierto hasta el 31 de octubre de 2026. Consulta las bases completas (Resolución 2296/2018) y presenta la solicitud directamente en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare. Los requisitos específicos y procedimiento constan en las bases.