Abierta Cierra en 41 días · 31 oct 2026

Convocatoria Prestaciones Sociales Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales ejercicio 2026

AYUNTAMIENTO DE BÉTERA · BÉTERA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Bétera convoca una línea de ayudas económicas individuales dirigidas a personas y familias en situación de necesidad dentro de sus servicios sociales municipales. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación total de 400.000 euros para el ejercicio 2026. Busca reforzar la promoción social y facilitar el acceso a recursos básicos de carácter sanitario y educativo entre quienes más lo necesitan.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de necesidad social, residentes en el municipio de Bétera, conforme a los requisitos que establezca la ordenanza reguladora de estas prestaciones.

03

Qué cubre

Prestaciones económicas individualizadas en materia de servicios sociales, con incidencia en los ámbitos sanitario y educativo. El registro no detalla el importe máximo por persona beneficiaria ni el desglose de conceptos cubiertos.

04

Cómo se pide

El registro señala como fecha límite el 31 de octubre de 2026, salvo lo que concrete la ordenanza reguladora. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Bétera, a través de sus servicios sociales municipales.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 41 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 400.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de necesidad social, residentes en el municipio de Bétera, conforme a los requisitos que establezca la ordenanza reguladora de estas prestaciones. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El registro señala como fecha límite el 31 de octubre de 2026, salvo lo que concrete la ordenanza reguladora. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Bétera, a través de sus servicios sociales municipales.