Abierta Cierra en 91 días · 20 dic 2026

Convocatoria concesión de prestaciones sociales en régimen de concurrencia competitiva en el marco del Reglamento municipal de prestaciones sociales de carácter económico para atender necesidades perentorias en materia de Servicios Sociales el año 2026

AYUNTAMIENTO DE RIPOLLET · RIPOLLET · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Ripollet convoca esta línea de prestaciones económicas municipales para vecinos que atraviesan dificultades, dentro de su Reglamento de prestaciones sociales de carácter económico. Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, valorando y comparando las solicitudes presentadas según los criterios que establezcan las bases reguladoras. La convocatoria cuenta con una dotación de 400.000 euros y se enmarca en el área de servicios sociales y promoción social del consistorio.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica (particulares y vecinos de Ripollet), en el ámbito de los servicios sociales y sanitarios y de la educación.

03

Qué cubre

Prestaciones sociales de carácter económico, dentro del área de servicios sociales y promoción social, con una dotación total de 400.000 euros para el conjunto de la convocatoria; el importe por solicitante no consta en el registro.

04

Cómo se pide

La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Ripollet, por registro municipal o sede electrónica. El registro indica como fecha límite el 20 de diciembre de 2026; conviene confirmar el procedimiento exacto en las bases publicadas.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 20 dic 2026, es decir, quedan 91 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 400.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica (particulares y vecinos de Ripollet), en el ámbito de los servicios sociales y sanitarios y de la educación. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Ripollet, por registro municipal o sede electrónica. El registro indica como fecha límite el 20 de diciembre de 2026; conviene confirmar el procedimiento exacto en las bases publicadas.