Abierta Cierra en 71 días · 30 nov 2026

Convocatoria Do Concurso para a Concesión de Subvencións para o Fomento Das Actividades Escénicas e Musicais 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE · DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones de la Diputación Provincial de Ourense para estimular actividades escénicas y musicales en la provincia. Concurso competitivo con dotación de 210.000 euros destinados a financiar proyectos artísticos que cumplan los criterios de evaluación. El régimen es de concurrencia competitiva: presenta tu proyecto y se seleccionan los que mejor puntuación obtengan. Dirigida a entidades culturales sin fin de lucro interesadas en desarrollar espectáculos de calidad y difundir artes escénicas.

02

Para quién

Personas físicas y personas jurídicas (asociaciones, compañías, colectivos artísticos) que no desarrollen actividad económica con ánimo de lucro. Abierta a productores culturales, promotores de festivales, teatros, salas de conciertos y entidades similares sin ánimo de lucro.

03

Qué cubre

Cubre la producción y difusión de espectáculos escénicos y musicales: danza, teatro, conciertos, ópera, performances y otros géneros artísticos. Financia gastos asociados a montaje, dirección, interpretación, promoción y presentación pública de actividades culturales de calidad en Ourense.

04

Cómo se pide

Plazo de presentación hasta el 30 de noviembre de 2026. Solicitud según las bases de la convocatoria en el sitio de la Diputación Provincial o presentación en la sede provincial. Consulta las bases para documentación requerida, modelos oficiales y criterios de evaluación.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivasOtras actividades recreativas y de entr…Prestación de servicios a la comunidad …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 71 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 210.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas y personas jurídicas (asociaciones, compañías, colectivos artísticos) que no desarrollen actividad económica con ánimo de lucro. Abierta a productores culturales, promotores de festivales, teatros, salas de conciertos y entidades similares sin ánimo de lucro. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo de presentación hasta el 30 de noviembre de 2026. Solicitud según las bases de la convocatoria en el sitio de la Diputación Provincial o presentación en la sede provincial. Consulta las bases para documentación requerida, modelos oficiales y criterios de evaluación.