Abierta Cierra en 100 días · 09 dic 2026

Convocatoria 2026 de Subvenciones del Ayuntamiento de Amorebieta-etxano al Nacimiento o Adopción de Hijos e Hijas en el Municipio de Amorebieta-etxano.

AYUNTAMIENTO DE AMOREBIETA-ETXANO · AMOREBIETA-ETXANO · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Prestación económica directa del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano para apoyar el nacimiento o adopción de hijos en el término municipal. Funciona mediante concesión directa (sin concurrencia competitiva), con una dotación total de 50.000 euros. Está dirigida a facilitar apoyo económico a familias que amplían su núcleo familiar en el municipio, siempre que cumplan los requisitos de residencia y filiación o adopción establecidos en las bases reguladoras.

02

Para quién

Personas físicas residentes en Amorebieta-Etxano que no desarrollan actividad económica y cumplen los requisitos de filiación o adopción de menores según lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria.

03

Qué cubre

Prestación económica directa vinculada al nacimiento o adopción de hijos e hijas. El importe específico por beneficiario/a se fija en las bases según los criterios de elegibilidad y disponibilidad presupuestaria de la convocatoria 2026.

04

Cómo se pide

Plazo según el que fijen las bases reguladoras. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, que valora la elegibilidad y resuelve la concesión. Consulta la convocatoria oficial y las bases completas en los canales del ayuntamiento (web municipal o boletín oficial) para conocer detalles del procedimiento.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

HOSTELERÍA

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 09 dic 2026, es decir, quedan 100 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 50.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas residentes en Amorebieta-Etxano que no desarrollan actividad económica y cumplen los requisitos de filiación o adopción de menores según lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo según el que fijen las bases reguladoras. La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, que valora la elegibilidad y resuelve la concesión. Consulta la convocatoria oficial y las bases completas en los canales del ayuntamiento (web municipal o boletín oficial) para conocer detalles del proc…