Abierta Cierra en 71 días · 30 nov 2026

Resolución de Alcaldía núm. 135/2026, de fecha 16 de enero por la que se aprueba la Convocatoria 2026 para subvenciones destinadas a las prestaciones económicas de urgencia del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.

AYUNTAMIENTO DE RIBA-ROJA DE TÚRIA · RIBA-ROJA DE TÚRIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de subvenciones por concesión directa del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria, dotada con 210.000 euros, dirigida a financiar prestaciones económicas de urgencia social. Las ayudas se destinan a personas físicas sin actividad económica que se encuentren en situación de vulnerabilidad, con especial atención a familias con hijos en educación preprimaria, personas mayores y personas con discapacidad. El régimen de concesión directa agiliza el acceso sin necesidad de competencia entre solicitantes, priorizando la atención de necesidades urgentes en el municipio.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica. Incluye familias con menores en educación preprimaria, personas mayores, personas con discapacidad, y cualesquiera personas en situación de vulnerabilidad o necesidad social urgente según los criterios fijados en las bases.

03

Qué cubre

Prestaciones económicas para atender situaciones de urgencia social: apoyo a familias con hijos en educación, asistencia a personas mayores sin recursos, ayudas a personas con discapacidad, y otras prestaciones de carácter urgente definidas en las bases.

04

Cómo se pide

Plazo de solicitud según el que fijen las bases (cierre el 30 de noviembre de 2026). Al tratarse de concesión directa, consulta los requisitos en la Resolución de Alcaldía 135/2026 y el registro municipal de Riba-roja de Túria.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Actividades de servicios sociales sin a…Educación preprimariaOtras actividades de servicios sociales…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 71 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 210.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica. Incluye familias con menores en educación preprimaria, personas mayores, personas con discapacidad, y cualesquiera personas en situación de vulnerabilidad o necesidad social urgente según los criterios fijados en las bases. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo de solicitud según el que fijen las bases (cierre el 30 de noviembre de 2026). Al tratarse de concesión directa, consulta los requisitos en la Resolución de Alcaldía 135/2026 y el registro municipal de Riba-roja de Túria.