Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de enero de 2026, por el que se aprueba la convocatoria y bases reguladoras de ayudas de apoyo al Plan de Trabajo Compartido para el año 2026

AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN · DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián ha aprobado, mediante acuerdo de su Junta de Gobierno Local, la convocatoria de ayudas del Plan de Trabajo Compartido para 2026, un programa municipal encuadrado en servicios sociales y promoción social. Se tramita como concesión directa, no como concurrencia competitiva con baremo comparativo, y cuenta con una dotación global de 800.000 euros. El registro no detalla el importe que corresponde a cada persona beneficiaria, solo el total asignado al programa.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, es decir, particulares (no autónomos ni empresas), residentes o vinculados al municipio de Donostia/San Sebastián, en el ámbito de los servicios sociales, la promoción social y la educación.

03

Qué cubre

Ayudas económicas de concesión directa vinculadas al Plan de Trabajo Compartido municipal, con una dotación total de 800.000 euros para 2026. El registro no especifica conceptos concretos ni cuantía individual por persona beneficiaria.

04

Cómo se pide

La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián, según el procedimiento y plazo que fijen las bases reguladoras de la convocatoria (no detallados en el registro). La ayuda está vigente hasta el 31/12/2026.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 800.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, es decir, particulares (no autónomos ni empresas), residentes o vinculados al municipio de Donostia/San Sebastián, en el ámbito de los servicios sociales, la promoción social y la educación. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Donostia/San Sebastián, según el procedimiento y plazo que fijen las bases reguladoras de la convocatoria (no detallados en el registro). La ayuda está vigente hasta el 31/12/2026.