Decreto Foral 149/2025 de 29 de diciembre de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria del programa de subvenciones de Atracción de Talento para el año 2026.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Convocatoria de la Diputación Foral de Bizkaia, aprobada mediante el Decreto Foral 149/2025, de 29 de diciembre, dentro de su programa de atracción de talento, encuadrado en el ámbito de industria y energía. Se tramita como concesión directa, sin concurso competitivo abierto, y cuenta con una dotación de 400.000 euros. El objetivo es facilitar la incorporación de profesionales cualificados a empresas y actividades económicas radicadas en el territorio histórico de Bizkaia.
Para quién
Pueden solicitarla gran empresa, pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica, en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, con actividad en el territorio de Bizkaia.
Qué cubre
El registro no detalla las partidas concretas de gasto que financia; se enmarca en el programa de atracción de talento del territorio y cuenta con una dotación total de 400.000 euros para esta convocatoria. No consta en el brief si el importe se reparte por beneficiario o por proyecto.
Cómo se pide
El plazo de presentación va del 13 de abril al 11 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, la solicitud se tramita según el procedimiento que fijen las bases reguladoras del Decreto Foral 149/2025, no mediante concurrencia competitiva abierta.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Qué papeles vas a necesitar
Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.
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Identificación del solicitante
NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.
Identificación del solicitante es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Poder de representación
Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.
Poder de representación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con Hacienda
Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.
Estar al corriente con Hacienda es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con la Seguridad Social
Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.
Estar al corriente con la Seguridad Social es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria del proyecto
Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.
Memoria del proyecto es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Presupuesto detallado
Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.
Presupuesto detallado es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Declaración de otras ayudas (de minimis)
Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.
Declaración de otras ayudas (de minimis) es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Certificado de titularidad bancaria
La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.
Certificado de titularidad bancaria es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
Y después, justificar
Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.
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Facturas y justificantes de pago
La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.
Facturas y justificantes de pago es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria económica
La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.
Memoria económica es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria de actuación
Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.
Memoria de actuación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Publicidad de la financiación
Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.
Publicidad de la financiación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 11 sept 2026, es decir, quedan 11 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 400.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden solicitarla gran empresa, pymes y personas físicas que desarrollen actividad económica, en los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, con acti… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
El plazo de presentación va del 13 de abril al 11 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, la solicitud se tramita según el procedimiento que fijen las bases reguladoras del Decreto Foral 149/2025, no mediante concurrencia competitiva abierta.