Abierta Cierra en 7 días · 30 oct 2026

Bases reguladoras FOEXGA 2026, cofinanciadas FEDER, concurrencia no competitiva, minimis agrícola

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Instituto Gallego de Promoción Económica (IGAPE) que ofrece apoyo financiero a empresas y autónomos gallegos para fortalecer su internacionalización y presencia en mercados exteriores. El programa, regulado mediante concurrencia competitiva, cuenta con una dotación de 59.500 euros. Está dirigido a pequeñas y medianas empresas y profesionales independientes que desarrollan actividad económica en sectores como servicios administrativos, entretenimiento, contenidos digitales y radiodifusión. Las ayudas se enmarcan en cofinanciación FEDER y se rigen según la normativa de ayudas de minimis.

02

Para quién

PYME y personas físicas que desarrollen actividad económica en Galicia, en sectores de servicios administrativos, entretenimiento, contenidos digitales o radiodifusión. Requiere estar dado de alta en la actividad económica y cumplir los criterios de elegibilidad de las bases reguladoras.

03

Qué cubre

Apoyo financiero para iniciativas de internacionalización y exportación, sujeto a los términos y exclusiones establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.

04

Cómo se pide

Presentación de solicitud ante el IGAPE conforme a las bases reguladoras publicadas. Plazo de convocatoria: hasta 30 de octubre de 2026. Consultar las bases y formularios en la web del IGAPE o en el BOE (Resolución de 30 de diciembre de 2025).

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 oct 2026, es decir, quedan 7 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 59.500 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que desarrollen actividad económica en Galicia, en sectores de servicios administrativos, entretenimiento, contenidos digitales o radiodifusión. Requiere estar dado de alta en la actividad económica y cumplir los criterios de elegibilidad de las bases reguladoras. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación de solicitud ante el IGAPE conforme a las bases reguladoras publicadas. Plazo de convocatoria: hasta 30 de octubre de 2026. Consultar las bases y formularios en la web del IGAPE o en el BOE (Resolución de 30 de diciembre de 2025).