Abierta Cierra en 26 días · 25 sept 2026

Decreto Foral 136/2025 de 29 de diciembre de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se establecen las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones para el apoyo a la contratación, Programa Kontrata 2026.

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Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

La Diputación Foral de Bizkaia convoca esta ayuda de fomento del empleo, dotada con 950.000 euros, dirigida a impulsar la contratación laboral en pymes y negocios de autónomos del territorio histórico. Se tramita como concesión directa (no hay concurrencia competitiva entre solicitantes) y su marco normativo es el Decreto Foral 136/2025, de 29 de diciembre, que regula un programa de apoyo a la contratación.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollen una actividad económica en el territorio histórico de Bizkaia, especialmente en los sectores de servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Apoyo económico ligado a la contratación laboral, dentro de una dotación total de 950.000 euros. El brief no detalla el importe por solicitante ni los conceptos concretos subvencionables, así que conviene revisar las bases del Decreto Foral 136/2025 para conocer las cuantías exactas por contrato.

04

Cómo se pide

La convocatoria está abierta del 13 de enero al 25 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, el procedimiento lo fija el Decreto Foral 136/2025; conviene consultar sus bases en el boletín foral de Bizkaia antes de solicitar.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 25 sept 2026, es decir, quedan 26 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 950.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollen una actividad económica en el territorio histórico de Bizkaia, especialmente en los sectores de servicios administrativos y auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria está abierta del 13 de enero al 25 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, el procedimiento lo fija el Decreto Foral 136/2025; conviene consultar sus bases en el boletín foral de Bizkaia antes de solicitar.