Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Convocatoria general de subvenciones 2026. Anexo nº 41: Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética

AYUNTAMIENTO DE IRUN · IRUN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Ayuntamiento de Irun, dentro de sus subvenciones generales de 2026, para financiar actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, en el marco de sus políticas de acceso a la vivienda y fomento de la edificación. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y priorizan entre sí según los criterios de la ordenanza municipal de bases, no por orden de llegada. La dotación asignada a esta línea es de 300.000 euros y no procede de fondos Next Generation EU.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, es decir, particulares (no autónomos ni empresas) interesados en mejorar la eficiencia energética de su vivienda dentro del término municipal de Irun.

03

Qué cubre

Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. El registro no detalla las partidas concretas subvencionables (aislamiento, carpintería, instalaciones, etc.); para conocerlas hay que consultar el anexo específico de la convocatoria y la ordenanza de bases del Ayuntamiento de Irun.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Irun siguiendo el procedimiento de la ordenanza general de bases de subvenciones, dentro del plazo abierto hasta el 30 de septiembre de 2026.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES INMOBILIARIASCONSTRUCCIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 300.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, es decir, particulares (no autónomos ni empresas) interesados en mejorar la eficiencia energética de su vivienda dentro del término municipal de Irun. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Irun siguiendo el procedimiento de la ordenanza general de bases de subvenciones, dentro del plazo abierto hasta el 30 de septiembre de 2026.