Abierta Cierra en 62 días · 31 oct 2026

Ayudas a empresas para el achatarramiento de vehículos 2026. Minimis 2023/2831

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y DE TRANSICION ECOLOGICA Y DIGITAL EMPRESARIAL · COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas del Gobierno de Navarra, tramitada por el Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial, dirigida a empresas y autónomos que retiran vehículos de la circulación para su desguace (achatarramiento) durante 2026. Se concede de forma directa, bajo el régimen de mínimis (Reglamento UE 2023/2831), con una dotación de 1.000.000 € según consta en el registro. Las bases se aprobaron por Resolución 742E/2025, de 24 de diciembre.

02

Para quién

Empresas grandes y pymes, así como personas físicas que ejercen una actividad económica en Navarra. El registro asocia la convocatoria al sector de suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado, sin más detalle sobre si esto supone una restricción sectorial estricta.

03

Qué cubre

Ayuda económica para el achatarramiento (dar de baja y desguazar) de vehículos por parte de empresas y autónomos navarros. El importe exacto por solicitud y los requisitos técnicos no se detallan en el registro; se remiten a la Resolución 742E/2025.

04

Cómo se pide

El plazo para solicitarla finaliza el 31 de octubre de 2026, según consta en el registro; no figura fecha de inicio. El procedimiento y la documentación se fijan en la Resolución 742E/2025, de 24 de diciembre, que aprueba las bases.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, V…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 62 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Empresas grandes y pymes, así como personas físicas que ejercen una actividad económica en Navarra. El registro asocia la convocatoria al sector de suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado, sin más detalle sobre si esto supone una restricción sectorial estricta. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para solicitarla finaliza el 31 de octubre de 2026, según consta en el registro; no figura fecha de inicio. El procedimiento y la documentación se fijan en la Resolución 742E/2025, de 24 de diciembre, que aprueba las bases.