Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Bases Reguladoras para la Concesión de Prestaciones Económicas Directas y para la Concesión de Ayudas en Especie a Personas Y/o Familias en Situación de Emergencia Social Vecinas del Valle de Egüés 2026

AYUNTAMIENTO DE VALLE DE EGÜÉS/EGUESIBAR · VALLE DE EGÜÉS/EGUESIBAR · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa municipal de protección social que ofrece prestaciones económicas directas y ayudas en especie dirigidas a personas y familias en situación de emergencia. La convocatoria abierta por el Ayuntamiento de Valle de Egüés se distribuye en régimen de concurrencia competitiva sobre una dotación anual de 70.000 euros. Las ayudas responden a la política municipal de servicios sociales y promoción social, abarcando tanto necesidades económicas urgentes como suministro de bienes y servicios básicos cuando existe un riesgo social inmediato.

02

Para quién

Personas físicas sin actividad económica propia que residen en el Valle de Egüés y atraviesan situaciones de emergencia social, así como familias que carecen de recursos suficientes para cubrir necesidades básicas. La ayuda se orienta también a beneficiarios vinculados al ámbito de servicios sociales y educación.

03

Qué cubre

Prestaciones económicas directas e inyecciones de ayuda en especie (bienes y servicios) destinadas a personas y familias en situación de emergencia social: subsistencia, acceso a servicios esenciales y cobertura de contingencias urgentes no cubiertas por otros programas.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta durante todo 2026 (hasta 31-XII). Consulta las bases reguladoras en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valle de Egüés o solicita información en el área de servicios sociales municipal sobre procedimiento, documentación requerida y criterios de adjudicación.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 70.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas sin actividad económica propia que residen en el Valle de Egüés y atraviesan situaciones de emergencia social, así como familias que carecen de recursos suficientes para cubrir necesidades básicas. La ayuda se orienta también a beneficiarios vinculados al ámbito de servicios social… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta durante todo 2026 (hasta 31-XII). Consulta las bases reguladoras en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valle de Egüés o solicita información en el área de servicios sociales municipal sobre procedimiento, documentación requerida y criterios de adjudicación.