Abierta Cierra en 465 días · 31 dic 2027

Instrumentos Financieros-préstamos a Capital Circulante Vinculado a la Intervención de Inversiones en Transformación y Comercialización de Productos Agroalimentarios - 3.2

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA) · ILLES BALEARS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Instrumento de financiación pública (crédito) convocado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de Islas Baleares (FOGAIBA) para empresas del sector agroalimentario. Régimen de concurrencia competitiva con dotación de 85.294,18 EUR aproximadamente. Diseñado para facilitar capital circulante ligado a inversiones en transformación y modernización de la comercialización de productos agroalimentarios, bajo las condiciones de la Orden 10/2023 de 5 de abril de 2023.

02

Para quién

PYME y personas físicas con actividad económica registrada en los sectores de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, especialmente vinculadas al sector agroalimentario, domiciliadas en Islas Baleares.

03

Qué cubre

Financia capital circulante ligado a inversiones en transformación de productos y mejora de canales de comercialización en el ámbito agroalimentario. Se instrumenta como un préstamo gestionado por FOGAIBA.

04

Cómo se pide

Concurrencia competitiva. Plazo según el que fijen las bases (Orden 10/2023, 5 de abril 2023). Solicitud ante la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de Islas Baleares. Revisar bases para requisitos, documentación y criterios de valoración.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2027, es decir, quedan 465 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 85.294 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas con actividad económica registrada en los sectores de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, especialmente vinculadas al sector agroalimentario, domiciliadas en Islas Baleares. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Concurrencia competitiva. Plazo según el que fijen las bases (Orden 10/2023, 5 de abril 2023). Solicitud ante la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de Islas Baleares. Revisar bases para requisitos, documentación y criterios de valoración.