Abierta Cierra en 465 días · 31 dic 2027

Instrumentos Financieros-préstamos de Inversiones Vinculadas a la Intervención de Inversiones en Transformación y Comercialización de Productos Agroalimentarios - 3.1

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA) · ILLES BALEARS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de préstamos para inversiones en la cadena de valor del sector agroalimentario de Baleares, convocado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA). Se trata de un instrumento financiero de concurrencia competitiva dotado con 255.882,55 euros, dirigido a reforzar la transformación, modernización y comercialización de productos agrícolas y ganaderos. La selección de beneficiarios se realiza mediante evaluación de la viabilidad económica y pertinencia de las inversiones propuestas.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollen actividad económica en el sector agrario, ganadero, pesquero o agroalimentario de las Islas Baleares.

03

Qué cubre

Inversiones en transformación de productos agroalimentarios, modernización de instalaciones de procesamiento, equipamiento industrial, mejora y diversificación de canales de comercialización presencial y digital, distribución y venta de productos. Incluye asesoramiento técnico asociado a viabilidad y ejecución de proyectos de inversión.

04

Cómo se pide

Plazo: 8 enero 2026 - 31 diciembre 2027. Solicitudes conforme a Orden 10/2023 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación. Información y tramitación: FOGAIBA y Conselleria de Agricultura de Baleares.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2027, es decir, quedan 465 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 255.883 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollen actividad económica en el sector agrario, ganadero, pesquero o agroalimentario de las Islas Baleares. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo: 8 enero 2026 - 31 diciembre 2027. Solicitudes conforme a Orden 10/2023 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación. Información y tramitación: FOGAIBA y Conselleria de Agricultura de Baleares.