Abierta Cierra en 33 días · 14 oct 2026

Orden de 2 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de vehículos adaptados a personas con movilidad reducida (EUROTAXI), vehículos taxi de emisiones CERO y vehículos taxi ECO y se

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y DEPORTES · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, para subvencionar la compra de vehículos adaptados al transporte de personas con movilidad reducida, del tipo conocido como eurotaxi. Se resuelve en concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y priorizan entre sí, no basta con presentarlas en orden. La dotación asignada a esta línea es de 500.000 euros.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejerzan una actividad económica en el transporte de viajeros en Galicia (taxi, otro transporte terrestre de pasajeros, transporte por ferrocarril o intermediación para el transporte) interesadas en incorporar vehículos accesibles a su flota.

03

Qué cubre

Financia la adquisición de vehículos adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida (eurotaxis). El registro no detalla el porcentaje de ayuda ni el gasto máximo subvencionable por vehículo; esos importes deben consultarse en las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

El registro indica que la convocatoria está vigente entre el 22 de diciembre de 2025 y el 14 de octubre de 2026. La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en el plazo y con el modelo que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de intermediación para el t…Otro transporte terrestre de pasajerosTransporte de pasajeros por ferrocarril

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 14 oct 2026, es decir, quedan 33 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejerzan una actividad económica en el transporte de viajeros en Galicia (taxi, otro transporte terrestre de pasajeros, transporte por ferrocarril o intermediación para el transporte) interesadas en incorporar vehículos accesibles a su flota. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El registro indica que la convocatoria está vigente entre el 22 de diciembre de 2025 y el 14 de octubre de 2026. La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, en el plazo y con el modelo que fijen las bases reguladoras.