Abierta Cierra en 218 días · 31 mar 2027

Convocatoria segundas ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización productos agrícolas acometidos por la industria alimentaria incluidas en el plan estratégico de la Política Agraria Común de Cantabria 23-27- (RUE 2022/2472)

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · CANTABRIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Cantabria para financiar proyectos de inversión de la industria alimentaria en la transformación y comercialización de productos agrícolas, dentro del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de la región. Es la segunda convocatoria de esta línea, se resuelve en régimen de concurrencia competitiva (las solicitudes se comparan entre sí, no se atiende por orden de llegada) y cuenta con una dotación conjunta de 21.607.136 euros.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en la industria alimentaria de Cantabria dedicada a la transformación y comercialización de productos agrícolas, dentro del sector de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

03

Qué cubre

Subvenciona, mediante entrega dineraria sin contraprestación, proyectos de inversión de la industria alimentaria en instalaciones y procesos de transformación y comercialización de productos agrícolas.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta entre el 3 de noviembre de 2025 y el 31 de marzo de 2027. La solicitud se presenta ante la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de Cantabria, conforme al procedimiento de la Orden DES/32/2023.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 mar 2027, es decir, quedan 218 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 21.607.136 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en la industria alimentaria de Cantabria dedicada a la transformación y comercialización de productos agrícolas, dentro del sector de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta entre el 3 de noviembre de 2025 y el 31 de marzo de 2027. La solicitud se presenta ante la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de Cantabria, conforme al procedimiento de la Orden DES/32/2023.