Cerrada Hasta 10 ago 2026

Convocatoria de subvenciones destinadas a las actividades de las asociaciones cinegéticas sin ánimo de lucro de la provincia de Albacete, durante 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE · DIPUTACIÓN PROV. DE ALBACETE · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

La Diputación Provincial de Albacete convoca ayudas para que las asociaciones cinegéticas (de caza) sin ánimo de lucro de la provincia puedan financiar sus actividades durante 2026. Está dirigida a entidades sin actividad económica, en el ámbito recreativo y deportivo, y se resuelve en concurrencia competitiva conforme a la ordenanza municipal de subvenciones a entidades privadas. La dotación total para esta convocatoria asciende a 500.000 euros.

02

Para quién

Asociaciones cinegéticas (de caza) sin ánimo de lucro con sede en la provincia de Albacete, en su condición de personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

03

Qué cubre

Financia las actividades propias de las asociaciones cinegéticas durante 2026 (finalidad clasificada como "otras actuaciones de carácter económico"). El registro no detalla una relación cerrada de gastos subvencionables ni el importe individual por asociación; conviene consultar la ordenanza reguladora y el texto completo de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto del 21 de julio al 10 de agosto de 2026. La solicitud se presenta ante la Diputación Provincial de Albacete, conforme al procedimiento que fije la propia convocatoria y su ordenanza reguladora.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas, recreativas y d…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 10 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Asociaciones cinegéticas (de caza) sin ánimo de lucro con sede en la provincia de Albacete, en su condición de personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se presenta ante la Diputación Provincial de Albacete, conforme al procedimiento que fije la propia convocatoria y su ordenanza reguladora.