Cerrada Hasta 03 ago 2026

Subvenciones para las entidades deportivas municipales 2026

AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE CERVELLÓ · SANTA COLOMA DE CERVELLÓ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Se trata de una convocatoria municipal en régimen de concurrencia competitiva, impulsada por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Cervelló (Barcelona), pensada para respaldar económicamente a las entidades deportivas sin ánimo de lucro que actúan en el término municipal. La dotación total prevista es de 7.600 euros, que se reparten entre las solicitudes admitidas según los criterios de valoración que recojan las bases reguladoras. La ayuda se otorga como una entrega dineraria directa, sin exigir ninguna contraprestación a cambio.

02

Para quién

Pueden optar a esta ayuda las entidades deportivas municipales constituidas como personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, es decir, clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro con sede o actividad en Santa Coloma de Cervelló.

03

Qué cubre

La subvención respalda la actividad deportiva de carácter educativo y formativo que desarrollan estas entidades a lo largo del año, contribuyendo al fomento del deporte de base y el entretenimiento saludable entre los vecinos del municipio, mediante una entrega dineraria sin contraprestación.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto del 14 de julio al 3 de agosto de 2026. La instancia se presenta en el registro del Ayuntamiento de Santa Coloma de Cervelló, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas, recreativas y d…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 03 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 7.600 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar a esta ayuda las entidades deportivas municipales constituidas como personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, es decir, clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro con sede o actividad en Santa Coloma de Cervelló. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La instancia se presenta en el registro del Ayuntamiento de Santa Coloma de Cervelló, según el procedimiento y la documentación que fijen las bases reguladoras.