Apgcpa-función Rehabilitadora
Esta ayuda no se puede solicitar
La BDNS ya ha publicado las concesiones de esta convocatoria: el dinero está concedido y repartido. No es una previsión nuestra, es el registro oficial de lo que ya se ha pagado. No queda crédito al que optar ni plazo al que presentarse.
No es que nos falte información: es que el procedimiento de esta convocatoria concreta no contempla que el público la solicite. Por eso no verás aquí un plazo ni un botón para pedirla. Las fechas que publica la BDNS en estos casos no son el plazo de solicitud, sino el periodo de ejecución del gasto ya concedido.
Si tu entidad cree encajar en un supuesto así, el camino no es solicitarla, sino contactar directamente con el órgano convocante y plantear el convenio o la vía que corresponda.
Ver ayudas que sí puedes solicitar en Canarias→ Consultar el registro oficial de esta convocatoria en la BDNS ↗Base normativa: la Resolución de la IGAE de 15 de junio de 2020 (BOE-A-2020-6684) reserva la convocatoria «instrumental» para «aquellas subvenciones en las que no sea preceptivo el acto administrativo de convocatoria», en el marco del artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
«por importe de 71.140,00 €»
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención de concesión directa (de carácter instrumental) convocada por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, vinculada a la finalidad de "APGCPA-Función Rehabilitadora". Se instrumenta como subvención y entrega dineraria sin contraprestación, dotada con 71.140,00 €, vigente durante todo el ejercicio 2026 (del 1 de enero al 31 de diciembre).
Quién la recibe
Va destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, dentro del sector de actividades sanitarias, con alcance para la Comunidad Autónoma de Canarias.
Qué cubre
La convocatoria se enmarca en la finalidad "Sanidad" y financia la función rehabilitadora recogida en sus bases reguladoras (APGCPA-Función Rehabilitadora); el detalle de conceptos subvencionables y condiciones de aplicación del importe consta en dichas bases oficiales.
Convocatoria de concesión directa a un beneficiario predeterminado (persona jurídica): el dato confirma que ya se ha resuelto y por qué importe, según los registros públicos de la BDNS. Fuente: BDNS/SNPSAP · datos de concesiones actualizados el 08 jul 2026.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar esta ayuda?
No. La BDNS ya ha publicado las concesiones de esta convocatoria: el dinero está concedido y repartido, así que no queda crédito al que optar ni plazo al que presentarse. Lo que ves aquí es el registro de un gasto público ya resuelto.
¿Por qué aparece entonces en el buscador?
Porque es dinero público y su registro es público. La publicamos para que cualquiera pueda consultar quién concede qué y por cuánto, pero te avisamos claramente de que no admite solicitud, en vez de dejarte perder el tiempo preparando una que nadie va a tramitar.
¿De cuánto es esta concesión?
El importe registrado en la BDNS para esta concesión es de 71.140 €. Es la cuantía consignada por el organismo para el beneficiario ya designado, no un máximo al que puedan optar terceros.
¿Dónde puedo ver ayudas que sí se puedan pedir?
En el buscador. Por defecto solo listamos convocatorias con procedimiento de solicitud abierto, a punto de abrirse o con el plazo aún por confirmar. Esta ficha enlaza además el listado de las que sí puedes solicitar en el mismo territorio.