Convenio Museo Parroquial 2026
Esta ayuda no se puede solicitar
En la BDNS figura como concesión directa y su beneficiario ya está designado: un convenio firmado, una subvención nominativa recogida en los presupuestos o una situación excepcional prevista en la norma. En estos casos la ley no exige abrir un plazo público de solicitud, y ni el documento oficial ni el registro describen ningún procedimiento al que presentarse.
No es que nos falte información: es que el procedimiento de esta convocatoria concreta no contempla que el público la solicite. Por eso no verás aquí un plazo ni un botón para pedirla. Las fechas que publica la BDNS en estos casos no son el plazo de solicitud, sino el periodo de ejecución del gasto ya concedido.
Si tu entidad cree encajar en un supuesto así, el camino no es solicitarla, sino contactar directamente con el órgano convocante y plantear el convenio o la vía que corresponda.
Ver ayudas que sí puedes solicitar en San Javier→ Consultar el registro oficial de esta convocatoria en la BDNS ↗Base normativa: la Resolución de la IGAE de 15 de junio de 2020 (BOE-A-2020-6684) reserva la convocatoria «instrumental» para «aquellas subvenciones en las que no sea preceptivo el acto administrativo de convocatoria», en el marco del artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Convenio de concesión directa suscrito por el Ayuntamiento de San Javier (Región de Murcia) para financiar el Museo Parroquial durante 2026. Se instrumenta como subvención nominativa, es decir, una entrega dineraria sin contraprestación destinada a esta entidad concreta, no una convocatoria abierta a concurrencia competitiva. El importe consignado es de 17.000 euros.
Quién la recibe
Va dirigida a la persona jurídica titular del Museo Parroquial de San Javier, en su condición de entidad sin actividad económica que gestiona este equipamiento cultural del municipio.
Qué cubre
Según los datos disponibles, la ayuda se enmarca en el ámbito cultural y tiene como finalidad el sostenimiento del museo. El JSON no detalla el desglose de gastos subvencionables ni condiciones específicas de aplicación de los fondos; para ese detalle hay que remitirse al texto del convenio suscrito.
Convocatoria de concesión directa a un beneficiario predeterminado (persona jurídica): el dato confirma que ya se ha resuelto y por qué importe, según los registros públicos de la BDNS. Fuente: BDNS/SNPSAP · datos de concesiones actualizados el 08 jul 2026.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar esta ayuda?
No. Está registrada como concesión directa con beneficiario ya determinado (un convenio firmado, una subvención nominativa recogida en los presupuestos o un supuesto excepcional previsto por la ley). No hay convocatoria pública abierta ni plazo al que presentarse, así que no existe ningún trámite que puedas iniciar.
¿Por qué aparece entonces en el buscador?
Porque es dinero público y su registro es público. La publicamos para que cualquiera pueda consultar quién concede qué y por cuánto, pero te avisamos claramente de que no admite solicitud, en vez de dejarte perder el tiempo preparando una que nadie va a tramitar.
¿De cuánto es esta concesión?
El importe registrado en la BDNS para esta concesión es de 17.000 €. Es la cuantía consignada por el organismo para el beneficiario ya designado, no un máximo al que puedan optar terceros.
¿Dónde puedo ver ayudas que sí se puedan pedir?
En el buscador. Por defecto solo listamos convocatorias con procedimiento de solicitud abierto, a punto de abrirse o con el plazo aún por confirmar. Esta ficha enlaza además el listado de las que sí puedes solicitar en el mismo territorio.