Convenio Asociación Cultural Virgen del Carmen San Roque 2026
Esta ayuda no se puede solicitar
En la BDNS figura como concesión directa y su beneficiario ya está designado: un convenio firmado, una subvención nominativa recogida en los presupuestos o una situación excepcional prevista en la norma. En estos casos la ley no exige abrir un plazo público de solicitud, y ni el documento oficial ni el registro describen ningún procedimiento al que presentarse.
No es que nos falte información: es que el procedimiento de esta convocatoria concreta no contempla que el público la solicite. Por eso no verás aquí un plazo ni un botón para pedirla. Las fechas que publica la BDNS en estos casos no son el plazo de solicitud, sino el periodo de ejecución del gasto ya concedido.
Si tu entidad cree encajar en un supuesto así, el camino no es solicitarla, sino contactar directamente con el órgano convocante y plantear el convenio o la vía que corresponda.
Ver ayudas que sí puedes solicitar en San Roque→ Consultar el registro oficial de esta convocatoria en la BDNS ↗Base normativa: la Resolución de la IGAE de 15 de junio de 2020 (BOE-A-2020-6684) reserva la convocatoria «instrumental» para «aquellas subvenciones en las que no sea preceptivo el acto administrativo de convocatoria», en el marco del artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Esta ayuda es un convenio de colaboración suscrito por el Ayuntamiento de San Roque (Cádiz) con la Asociación Cultural Virgen del Carmen para el ejercicio 2026. Se instrumenta como concesión directa de carácter instrumental, es decir, un apoyo económico pactado directamente con esta entidad concreta y no sujeto a concurrencia competitiva. No está financiada con fondos Next Generation EU.
Quién la recibe
Está dirigida en exclusiva a la Asociación Cultural Virgen del Carmen de San Roque, como persona jurídica sin actividad económica, en su condición de entidad beneficiaria nombrada en el convenio.
Qué cubre
El convenio moviliza 2.700 euros, entregados como subvención dineraria sin contraprestación, para sostener la actividad cultural de la asociación (actividades vinculadas a bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales, según su clasificación sectorial).
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar esta ayuda?
No. Está registrada como concesión directa con beneficiario ya determinado (un convenio firmado, una subvención nominativa recogida en los presupuestos o un supuesto excepcional previsto por la ley). No hay convocatoria pública abierta ni plazo al que presentarse, así que no existe ningún trámite que puedas iniciar.
¿Por qué aparece entonces en el buscador?
Porque es dinero público y su registro es público. La publicamos para que cualquiera pueda consultar quién concede qué y por cuánto, pero te avisamos claramente de que no admite solicitud, en vez de dejarte perder el tiempo preparando una que nadie va a tramitar.
¿De cuánto es esta concesión?
El importe registrado en la BDNS para esta concesión es de 2.700 €. Es la cuantía consignada por el organismo para el beneficiario ya designado, no un máximo al que puedan optar terceros.
¿Dónde puedo ver ayudas que sí se puedan pedir?
En el buscador. Por defecto solo listamos convocatorias con procedimiento de solicitud abierto, a punto de abrirse o con el plazo aún por confirmar. Esta ficha enlaza además el listado de las que sí puedes solicitar en el mismo territorio.