Plazo por confirmar Plazo por confirmar · consúltalo en las bases

Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 22 de junio de 2026, relativo a las bases que rigen la concesión de ayudas para la mejora de instalaciones deportivas gestionadas por entidades deportivas sin ánimo de lucro y la convocatoria correspondiente a 2026

CONSELL INSULAR DE MENORCA · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de subvenciones del Consejo Insular de Menorca, aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo, para financiar la mejora de instalaciones deportivas gestionadas por entidades sin ánimo de lucro. La dotación asignada asciende a 520.000 euros y se concede mediante concurrencia competitiva, en forma de entrega dineraria sin contraprestación.

02

Para quién

Está pensada para personas jurídicas sin ánimo de lucro que gestionan instalaciones deportivas y no desarrollan actividad económica, dentro del ámbito territorial de Menorca (ES533).

03

Qué cubre

La línea se enmarca en obras de mejora vinculadas a la construcción y a los servicios técnicos de arquitectura e ingeniería necesarios para acometerlas, dentro del ámbito de las actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento. El detalle de gastos subvencionables y porcentajes de ayuda debe consultarse en las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas, recreativas y d…CONSTRUCCIÓNServicios técnicos de arquitectura e in…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está por confirmar: no consta en los campos oficiales estructurados de la BDNS. Es una convocatoria pública, así que sí se solicita; consulta la fecha exacta en las bases oficiales antes de preparar nada. No la des por abierta ni por cerrada sin comprobarlo.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 520.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Está pensada para personas jurídicas sin ánimo de lucro que gestionan instalaciones deportivas y no desarrollan actividad económica, dentro del ámbito territorial de Menorca (ES533). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.