Abierta Cierra en 4 días · 29 ago 2026

Orden 6 juli0 2026 Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, convocatoria de subvs. para financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia, para 2026.

CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL · REGIÓN DE MURCIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una subvención convocada por la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial de la Región de Murcia para sufragar el transporte público de las personas con discapacidad intelectual y de los profesionales que las acompañan hasta sus centros de día o de atención especializada. La convocatoria se resuelve en concurrencia competitiva, es decir, las solicitudes se valoran y priorizan entre sí, y cuenta con una dotación total de 25.000 euros para este ejercicio 2026.

02

Para quién

Pueden solicitarla entidades con personalidad jurídica que no ejercen actividad económica, como asociaciones o fundaciones vinculadas a la discapacidad intelectual que organizan o costean el transporte de sus usuarios y profesionales.

03

Qué cubre

La ayuda cubre el coste del transporte público de viajeros que traslada a las personas con discapacidad intelectual y al personal profesional que las asiste, en forma de subvención directa sin contraprestación, hasta el límite de la partida asignada.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación está abierto desde el 9 de julio hasta el 29 de agosto de 2026. Las solicitudes se tramitan conforme a las bases reguladoras aprobadas por la Consejería el 15 de junio de 2026.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

OTROS SERVICIOS

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 29 ago 2026, es decir, quedan 4 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 25.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla entidades con personalidad jurídica que no ejercen actividad económica, como asociaciones o fundaciones vinculadas a la discapacidad intelectual que organizan o costean el transporte de sus usuarios y profesionales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de presentación está abierto desde el 9 de julio hasta el 29 de agosto de 2026. Las solicitudes se tramitan conforme a las bases reguladoras aprobadas por la Consejería el 15 de junio de 2026.