Asociación Alfonso i el Batallador "alfonsadas 2026"
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención nominativa que el Ayuntamiento de Calatayud concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, a la Asociación Alfonso I el Batallador para sostener su actividad cultural anual vinculada a la figura del monarca aragonés. El expediente se tramita como concesión instrumental, amparada en la Ordenanza General de Subvenciones del propio consistorio, y cuenta con una dotación de 10.800 euros con cargo al presupuesto municipal.
Para quién
Va dirigida en exclusiva a la propia asociación beneficiaria, una entidad sin ánimo de lucro que no desarrolla actividad económica y que asume la organización de las jornadas culturales objeto de la ayuda.
Qué cubre
La ayuda cubre los gastos derivados de la organización de las actividades culturales y de entretenimiento que la asociación programa cada año en Calatayud, dentro de una subvención directa sin contraprestación destinada a sufragar dicha actividad.
Cómo se pide
Al ser una concesión directa a un beneficiario nominativo, no requiere convocatoria pública ni plazo de solicitud; se formaliza mediante convenio o resolución municipal según la Ordenanza General de Subvenciones de Calatayud.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Abierta. El plazo concreto no consta en los campos oficiales estructurados: consúltalo en las bases de la convocatoria.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 10.800 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Va dirigida en exclusiva a la propia asociación beneficiaria, una entidad sin ánimo de lucro que no desarrolla actividad económica y que asume la organización de las jornadas culturales objeto de la ayuda. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al ser una concesión directa a un beneficiario nominativo, no requiere convocatoria pública ni plazo de solicitud; se formaliza mediante convenio o resolución municipal según la Ordenanza General de Subvenciones de Calatayud.