Cerrada Hasta 10 ago 2026

Convocatoria y bases de ayudas extraordinarias a clubes deportivos del municipio de Hellín, para la subvención y financiación de los gastos de desplazamiento durante la temporada 2025/26

AYUNTAMIENTO DE HELLÍN · HELLÍN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de ayudas extraordinarias que el Ayuntamiento de Hellín pone en marcha para paliar el coste de los desplazamientos de los clubes deportivos del municipio durante la temporada 2025/26. Se resuelve en régimen de concurrencia competitiva, conforme a la Ordenanza general de subvenciones del propio Ayuntamiento, y cuenta con una dotación total de 30.000 euros. El objetivo es aligerar la carga económica de competir fuera de Hellín, sobre todo para las entidades que sostienen el deporte de base local.

02

Para quién

Pueden optar los clubes deportivos de Hellín constituidos como personas jurídicas sin actividad económica, es decir, entidades deportivas sin ánimo de lucro que compitan fuera del municipio y asuman gastos de desplazamiento durante la temporada.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como entrega dineraria directa, sin contraprestación, pensada para sufragar los gastos de desplazamiento que generan los clubes al competir fuera de Hellín a lo largo de la temporada 2025/26.

04

Cómo se pide

El plazo para solicitarla está abierto del 10 de julio al 10 de agosto de 2026. La petición se presenta ante el Ayuntamiento de Hellín siguiendo lo establecido en su Ordenanza general de subvenciones.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 10 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 30.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar los clubes deportivos de Hellín constituidos como personas jurídicas sin actividad económica, es decir, entidades deportivas sin ánimo de lucro que compitan fuera del municipio y asuman gastos de desplazamiento durante la temporada. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La petición se presenta ante el Ayuntamiento de Hellín siguiendo lo establecido en su Ordenanza general de subvenciones.