Subvención nominativa a favor del Centro Privado Concertado de Educación Especial APTACAN - EL MOLINO 2026, destinada al sostenimiento de los gastos de comedor de los alumnos con necesidades educativas especiales
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención de concesión directa que la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades del Gobierno de Cantabria otorga de forma nominativa, es decir, sin convocatoria pública en concurrencia, a un centro educativo concreto. Su dotación asciende a 20.000 euros y su base legal es la Ley de Cantabria 4/2026, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2026.
Para quién
Va dirigida en exclusiva al Centro Privado Concertado de Educación Especial APTACAN - El Molino, sin que otras entidades puedan optar a ella, ya que se concede de forma nominativa y no mediante convocatoria abierta.
Qué cubre
Financia el sostenimiento de los gastos de comedor escolar del alumnado con necesidades educativas especiales matriculado en el centro, contribuyendo a que estos estudiantes reciban manutención en horario escolar durante el curso.
Cómo se pide
Al ser una concesión directa nominativa, no existe plazo de solicitud abierto al público: el importe se formaliza directamente entre la Consejería y el centro beneficiario, según lo previsto en la ley de presupuestos que la ampara.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Abierta. El plazo concreto no consta en los campos oficiales estructurados: consúltalo en las bases de la convocatoria.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 20.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Va dirigida en exclusiva al Centro Privado Concertado de Educación Especial APTACAN - El Molino, sin que otras entidades puedan optar a ella, ya que se concede de forma nominativa y no mediante convocatoria abierta. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al ser una concesión directa nominativa, no existe plazo de solicitud abierto al público: el importe se formaliza directamente entre la Consejería y el centro beneficiario, según lo previsto en la ley de presupuestos que la ampara.