Abierta Cierra en 128 días · 31 dic 2026

Convocatoria de Ayudas Económicas a Personas Propietarias de Vivienda Habitual en Situacion de Vulnerabilidad Económica para el Ejercicio 2026

AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET · QUART DE POBLET · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una ayuda económica municipal convocada por el Ayuntamiento de Quart de Poblet (Valencia), dirigida a paliar la carga que supone el pago de la vivienda para quienes atraviesan una situación de vulnerabilidad económica. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y priorizan conforme a los criterios de la convocatoria hasta agotar el crédito disponible, que para este ejercicio asciende a 30.000 euros.

02

Para quién

Está pensada para personas propietarias de la vivienda que constituye su residencia habitual y que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica, conforme a los requisitos que fije la ordenanza municipal reguladora.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como una entrega dineraria directa, sin contraprestación, destinada a aliviar los gastos asociados a la vivienda habitual, dentro del área de servicios sociales y promoción social del Ayuntamiento.

04

Cómo se pide

La convocatoria permanece abierta durante todo el ejercicio 2026. Las solicitudes se presentan ante el Ayuntamiento de Quart de Poblet, a través de los servicios sociales municipales, siguiendo el procedimiento de la ordenanza reguladora.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 128 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 30.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Está pensada para personas propietarias de la vivienda que constituye su residencia habitual y que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica, conforme a los requisitos que fije la ordenanza municipal reguladora. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria permanece abierta durante todo el ejercicio 2026. Las solicitudes se presentan ante el Ayuntamiento de Quart de Poblet, a través de los servicios sociales municipales, siguiendo el procedimiento de la ordenanza reguladora.