Cerrada Hasta 21 jul 2026

Convocatoria de Subvenciones Culturales del Ayuntamiento de Laredo 2026 en concurrencia competitiva con Bases aprobadas en fecha 11 de mayo de 2026

AYUNTAMIENTO DE LAREDO · LAREDO · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de subvenciones culturales del Ayuntamiento de Laredo, aprobada por Junta de Gobierno Local el 11 de mayo de 2026 y tramitada en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí conforme a los criterios de las bases, y las ayudas se conceden hasta agotar el crédito disponible. El importe global no se especifica en la convocatoria, por lo que conviene consultar las bases para conocer la dotación exacta y los criterios de reparto.

02

Para quién

Está dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, es decir, asociaciones, entidades y colectivos culturales sin ánimo de lucro con sede o actividad en Laredo.

03

Qué cubre

La ayuda se concede como subvención directa, una entrega dineraria sin contraprestación, destinada a financiar proyectos y actividades del ámbito cultural que las entidades beneficiarias organicen o desarrollen en el municipio.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación de solicitudes va del 7 al 21 de julio de 2026. La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Laredo siguiendo el procedimiento y la documentación que detallan las bases y anexos de la convocatoria.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 21 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿Quién puede solicitarla?

Está dirigida a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, es decir, asociaciones, entidades y colectivos culturales sin ánimo de lucro con sede o actividad en Laredo. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se tramita ante el Ayuntamiento de Laredo siguiendo el procedimiento y la documentación que detallan las bases y anexos de la convocatoria.