Subvención Nominativa Agrupació Sardanista de Roda de Ter
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una subvención nominativa incluida en el presupuesto municipal 2026 del Ayuntamiento de Roda de Ter (Barcelona), dotada con 3.000 euros. A diferencia de las convocatorias abiertas, esta ayuda se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, porque va destinada expresamente a una entidad concreta ya identificada en las cuentas municipales, vinculada a la promoción de la sardana y la cultura popular catalana.
Para quién
Va dirigida en exclusiva a la entidad cultural designada por su nombre en el presupuesto municipal, una asociación sin ánimo de lucro que no desarrolla actividad económica. No es una convocatoria abierta: otras entidades no pueden optar a esta línea concreta.
Qué cubre
La ayuda se traduce en una entrega económica directa, sin contraprestación, pensada para sufragar la actividad ordinaria y los actos culturales que la entidad organiza a lo largo del año, contribuyendo así a mantener viva la tradición de la sardana en el municipio.
Cómo se pide
Al ser una subvención nominativa, se formaliza mediante resolución o convenio directo del Ayuntamiento con la entidad beneficiaria, sin trámite de concurrencia pública. Su vigencia coincide con el ejercicio presupuestario 2026, de enero a diciembre.
Convocatoria de concesión directa a un beneficiario predeterminado (persona jurídica): el dato confirma que ya se ha resuelto y por qué importe, según los registros públicos de la BDNS. Fuente: BDNS/SNPSAP · datos de concesiones actualizados el 10 jul 2026.
Beneficiarios
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 173 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Va dirigida en exclusiva a la entidad cultural designada por su nombre en el presupuesto municipal, una asociación sin ánimo de lucro que no desarrolla actividad económica. No es una convocatoria abierta: otras entidades no pueden optar a esta línea concreta. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al ser una subvención nominativa, se formaliza mediante resolución o convenio directo del Ayuntamiento con la entidad beneficiaria, sin trámite de concurrencia pública. Su vigencia coincide con el ejercicio presupuestario 2026, de enero a diciembre.