Cerrada Hasta 20 ago 2026

Resolución de 25 de junio de 2026 de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. por la que se convoca concesión de ayudas para la Participación Agrupada en la Feria ESSENZ II Munich del 20 de septiembre de 2026 al 22 de septiembre de 2026.

ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, EP E. · MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA · ESTADO
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una ayuda económica que ICEX España Exportación e Inversiones concede de forma directa, sin proceso de concurrencia competitiva, para financiar la participación conjunta de varias empresas españolas en el pabellón agrupado que la entidad organiza en la feria ESSENZ II de Múnich, cita internacional del sector del cuero y la marroquinería. La convocatoria cuenta con una dotación de 50.000 euros y se acoge al régimen de mínimis.

02

Para quién

Pueden acogerse pequeñas y medianas empresas, así como autónomos que ejerzan una actividad económica relacionada con el cuero y sus manufacturas: calzado, marroquinería, complementos y artículos similares.

03

Qué cubre

La ayuda cubre los costes de participar en el espacio agrupado que ICEX organiza en la feria, facilitando a las empresas presencia comercial internacional sin asumir en solitario los gastos de stand, montaje y presencia institucional en el certamen.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud está abierto hasta el 20 de agosto de 2026. La petición se tramita a través de la sede electrónica de ICEX, siguiendo el procedimiento de ayudas dinerarias sin contraprestación de la entidad.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Industria del cuero y productos relacio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 20 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 50.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acogerse pequeñas y medianas empresas, así como autónomos que ejerzan una actividad económica relacionada con el cuero y sus manufacturas: calzado, marroquinería, complementos y artículos similares. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La petición se tramita a través de la sede electrónica de ICEX, siguiendo el procedimiento de ayudas dinerarias sin contraprestación de la entidad.