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Convocatoria y Bases Específicas para la Concesión de Subvenciones para la Consolidación y Desarrollo de la Compraventa de Empresas (reempresa) en la Provincia de Barcelona para el Año 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BARCELONA · DIPUTACIÓN PROV. DE BARCELONA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de la Diputación de Barcelona, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a financiar el programa Reempresa, la red que facilita la transmisión de negocios en marcha entre quienes se jubilan o cesan su actividad y quienes quieren emprender adquiriendo una empresa ya existente. La dotación asciende a 515.000 euros y se rige por la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación.

02

Para quién

Pueden optar entidades con personalidad jurídica propia que no ejercen actividad económica —como asociaciones, cámaras u organismos que impulsan el tejido empresarial local—, no personas físicas ni empresas que buscan comprar o vender directamente.

03

Qué cubre

La ayuda se orienta a acciones de consultoría y gestión empresarial vinculadas a la consolidación y el desarrollo de la compraventa de empresas: asesoramiento, acompañamiento y actividades de la red Reempresa en el ámbito de Comercio, Turismo y Pymes.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación de solicitudes está previsto del 15 al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante la Diputación de Barcelona conforme a su Ordenanza General de Subvenciones.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Otras actividades de consultoría de ges…

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

La fecha de referencia del plazo es el 30 sept 2026. Confirma el plazo exacto en las bases oficiales de la convocatoria.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 515.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar entidades con personalidad jurídica propia que no ejercen actividad económica —como asociaciones, cámaras u organismos que impulsan el tejido empresarial local—, no personas físicas ni empresas que buscan comprar o vender directamente. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de presentación de solicitudes está previsto del 15 al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante la Diputación de Barcelona conforme a su Ordenanza General de Subvenciones.