Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Convocatoria Fomento Movimiento Vecinal 2026

AYUNTAMIENTO DE GRANADA · GRANADA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa municipal de Granada que proporciona recursos económicos a asociaciones vecinales y organizaciones sin ánimo de lucro para impulsar la organización comunitaria y actividades de promoción social. Financiado por el Ayuntamiento de Granada en concurrencia competitiva, con dotación total de 82.000 euros. Destinado a reforzar el movimiento vecinal como motor de participación ciudadana y cobertura de necesidades sociales en el territorio.

02

Para quién

Asociaciones vecinales y organizaciones sin ánimo de lucro constituidas legalmente en Granada que no desarrollen actividad económica lucrativa.

03

Qué cubre

Actividades, proyectos y servicios de promoción social, participación comunitaria, educación cívica y organización vecinal, conforme a lo establecido en las bases de la convocatoria.

04

Cómo se pide

Solicitud ante el Ayuntamiento de Granada según el plazo y procedimiento que fijen las bases. Requisitos: personalidad jurídica acreditada, no ejercicio de actividad económica, y alineación con objetivos de promoción social comunitaria.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 82.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Asociaciones vecinales y organizaciones sin ánimo de lucro constituidas legalmente en Granada que no desarrollen actividad económica lucrativa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud ante el Ayuntamiento de Granada según el plazo y procedimiento que fijen las bases. Requisitos: personalidad jurídica acreditada, no ejercicio de actividad económica, y alineación con objetivos de promoción social comunitaria.