Abierta Cierra en 0 días · 31 ago 2026

Convocatoria de concesión de subvenciones para el programa de Residencias gastos corrientes 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL · DIPUTACIÓN PROV. DE TERUEL · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Diputación Provincial de Teruel para ayudar a cubrir los gastos de funcionamiento de las residencias de personas mayores y otros centros de servicios sociales de la provincia. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí según los criterios de las bases reguladoras (Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Teruel, BOP TE número 102, de 29 de mayo de 2024). La dotación total del programa asciende a 270.000 euros.

02

Para quién

Entidades y personas jurídicas sin actividad económica (asociaciones, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro) que presten servicios de atención residencial o social a personas mayores o dependientes en la provincia de Teruel.

03

Qué cubre

Financia los gastos corrientes, es decir, el funcionamiento ordinario de las residencias y centros de servicios sociales beneficiarios, dentro de una dotación total de 270.000 euros para todo el programa.

04

Cómo se pide

La convocatoria está vigente entre septiembre de 2025 y agosto de 2026. El plazo concreto de presentación y el procedimiento los fija la Diputación de Teruel en sus bases reguladoras y en su sede electrónica.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 ago 2026, es decir, quedan 0 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 270.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Entidades y personas jurídicas sin actividad económica (asociaciones, fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro) que presten servicios de atención residencial o social a personas mayores o dependientes en la provincia de Teruel. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria está vigente entre septiembre de 2025 y agosto de 2026. El plazo concreto de presentación y el procedimiento los fija la Diputación de Teruel en sus bases reguladoras y en su sede electrónica.