Abierta Cierra en 1 días · 01 sept 2026

Resolución de 25 de marzo de 2026, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan subvenciones a FFDDEE para desplazamientos a competiciones internacionales convocadas por la FISU en el año 2026.

CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES · MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES · ESTADO
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Consejo Superior de Deportes, dependiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, para sufragar los gastos de desplazamiento de las federaciones deportivas españolas cuando sus deportistas o equipos participan en competiciones fuera de su sede habitual. Se resuelve en concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí hasta agotar el crédito disponible. La dotación total de esta línea es de 270.000 euros, según la Orden ECD/2681/2012, que regula las bases.

02

Para quién

Federaciones deportivas españolas (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) del ámbito de las actividades deportivas que deban afrontar gastos de desplazamiento de sus deportistas o equipos a competiciones.

03

Qué cubre

Sufraga los gastos de desplazamiento asociados a la participación en competiciones deportivas. El importe concreto por beneficiario se fija en la resolución de concesión, dentro de la dotación total de 270.000 euros de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 1 de septiembre de 2026; no consta fecha de apertura en el registro. La tramitación se realiza en la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes, conforme a las bases de la Orden ECD/2681/2012.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 sept 2026, es decir, quedan 1 día. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 270.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Federaciones deportivas españolas (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica) del ámbito de las actividades deportivas que deban afrontar gastos de desplazamiento de sus deportistas o equipos a competiciones. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 1 de septiembre de 2026; no consta fecha de apertura en el registro. La tramitación se realiza en la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes, conforme a las bases de la Orden ECD/2681/2012.