Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Resolución del 09 de abril de 2026, de la Presidenta del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria, por la que se convocan Subvenciones de Concurrencia Competitiva en el ámbito de la Accesibilidad Universal a entidades sin ánimo de lucro, 2026.

INSTITUTO DE ATENCION SOCIAL Y SOCIO-SANITARIO · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva dirigida a financiar mejoras de accesibilidad universal en entidades sin ánimo de lucro del Cabildo Insular de Gran Canaria. Dotación total de 208.000 EUR. Convocada por el Instituto de Atención Social y Sociosanitaria, se dirige específicamente a organizaciones que desarrollen servicios sociales y educativos, buscando eliminar barreras arquitectónicas, de comunicación y organizativas que limiten el acceso de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión.

02

Para quién

Entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica, principalmente aquellas dedicadas a servicios sociales, sanitarios y educación en Gran Canaria (Cabildo Insular).

03

Qué cubre

Proyectos de accesibilidad universal: mejora de instalaciones, adaptación de servicios, infraestructuras de acceso, recursos tecnológicos y organizativos que eliminen barreras para personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.

04

Cómo se pide

Según el plazo que fijen las bases. Solicitud a través de los canales y procedimiento indicados en la Resolución de 09 de abril de 2026 (BOE) y ante la sede del Cabildo Insular de Gran Canaria.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 208.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica, principalmente aquellas dedicadas a servicios sociales, sanitarios y educación en Gran Canaria (Cabildo Insular). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el plazo que fijen las bases. Solicitud a través de los canales y procedimiento indicados en la Resolución de 09 de abril de 2026 (BOE) y ante la sede del Cabildo Insular de Gran Canaria.