Abierta Cierra en 30 días · 30 sept 2026

Convocatoria abierta destinada a las entidades locales de la provincia de Albacete para la realización de inversiones DIPUALBA RESPONDE del año 2026

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE · DIPUTACIÓN PROV. DE ALBACETE · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

DIPUALBA RESPONDE es el programa de la Diputación de Albacete que reparte fondos entre los ayuntamientos y demás entidades locales de la provincia para financiar obras e infraestructuras municipales. La convocatoria de 2026 se tramita en concurrencia competitiva, valorando los proyectos según los criterios de las bases reguladoras, y cuenta con una dotación total de 13.820.000 euros para el conjunto de entidades beneficiarias.

02

Para quién

Ayuntamientos y otras entidades locales de la provincia de Albacete (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica). No está dirigida a empresas ni a particulares.

03

Qué cubre

Financia inversiones en infraestructuras de titularidad local (obras y equipamientos municipales); las actuaciones concretas subvencionables las concreta la ordenanza reguladora del programa DIPUALBA RESPONDE.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto del 17 de marzo al 30 de septiembre de 2026. La entidad local interesada debe presentar su proyecto ante la Diputación de Albacete siguiendo el procedimiento que fijen las bases reguladoras del programa.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades inmobiliariasServicios de alojamiento

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 30 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 13.820.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Ayuntamientos y otras entidades locales de la provincia de Albacete (personas jurídicas que no desarrollan actividad económica). No está dirigida a empresas ni a particulares. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud está abierto del 17 de marzo al 30 de septiembre de 2026. La entidad local interesada debe presentar su proyecto ante la Diputación de Albacete siguiendo el procedimiento que fijen las bases reguladoras del programa.