Abierta Cierra en 122 días · 31 dic 2026

Bases para la Concesión de Subvenciones a Entidades Sin Ánimo de Lucro Entre Cuyos Fines Esté la Promoción de la Salud. Año 2026.

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID · VALLADOLID · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valladolid dirigida a financiar iniciativas y actividades de promoción de la salud desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro. Dotación total de 30.000 euros, distribuida entre los proyectos preseleccionados que mejor cumplan los criterios de evaluación establecidos. Rige según el Reglamento de subvenciones municipal y exige que las organizaciones no desarrollen actividad económica y tengan entre sus fines estatutarios la promoción de la salud.

02

Para quién

Entidades sin ánimo de lucro (personas jurídicas) cuya actividad principal sea la promoción de la salud: organizaciones del sector sanitario, de servicios sociales vinculados a la salud, y educación sanitaria. Requisito: no desarrollar actividad económica lucrativa.

03

Qué cubre

Financiación de proyectos y programas de salud: campañas de prevención y sensibilización, programas formativos de educación sanitaria, iniciativas de atención social relacionadas con la salud, acciones de promoción de hábitos saludables y proyectos de detección o prevención de enfermedades.

04

Cómo se pide

Presentación según el procedimiento que establezcan las bases reguladoras. Vigencia anual durante 2026. Consulta la web oficial de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid o contacta directamente para acceder a formularios, documentación requerida y calendario de solicitud.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 122 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 30.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Entidades sin ánimo de lucro (personas jurídicas) cuya actividad principal sea la promoción de la salud: organizaciones del sector sanitario, de servicios sociales vinculados a la salud, y educación sanitaria. Requisito: no desarrollar actividad económica lucrativa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación según el procedimiento que establezcan las bases reguladoras. Vigencia anual durante 2026. Consulta la web oficial de subvenciones del Ayuntamiento de Valladolid o contacta directamente para acceder a formularios, documentación requerida y calendario de solicitud.