Abierta Cierra en 31 días · 21 oct 2026

Concesión de Subvención Económica Derivada de las Licencias de los Clubes Deportivos Locales para la Temporada 2026/2027

AYUNTAMIENTO DE PATERNA · PATERNA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Paterna convoca una ayuda económica destinada a clubes deportivos locales en régimen de concurrencia competitiva. La subvención, derivada de las licencias deportivas, suma una dotación total de 70.000 euros para la temporada 2026/2027. El objetivo es apoyar el funcionamiento y las actividades de las entidades deportivas del municipio.

02

Para quién

Personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades deportivas o recreativas: clubes deportivos constituidos legalmente, asociaciones de deporte y ocio, entidades sin actividad económica de carácter lucrativo radicadas en Paterna.

03

Qué cubre

Apoyo económico derivado de las licencias deportivas para el desarrollo de actividades y la gestión operativa de los clubes. La subvención contribuye a sostener la estructura, los programas y las iniciativas deportivas locales.

04

Cómo se pide

Según el plazo que fijen las bases. La convocatoria permanece abierta hasta el 21 de octubre de 2026. Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Paterna conforme a las condiciones y procedimiento descritos en las bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades deportivasOtras actividades recreativas y de entr…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 21 oct 2026, es decir, quedan 31 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 70.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades deportivas o recreativas: clubes deportivos constituidos legalmente, asociaciones de deporte y ocio, entidades sin actividad económica de carácter lucrativo radicadas en Paterna. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el plazo que fijen las bases. La convocatoria permanece abierta hasta el 21 de octubre de 2026. Las solicitudes se presentarán ante el Ayuntamiento de Paterna conforme a las condiciones y procedimiento descritos en las bases reguladoras.